El magistrado, Alejandro Cabral, resolvió «extinguida» la acción penal por prescripción. de esta forma, el exgobernador Jorge Sobisch quedó sobreseído en la causa de la Zona Liberada.
En la causa se investigaban las responsabilidades por el desalojo violento a docentes, ocurrido el 30 de marzo de 2006, en Plaza Huincul. Allí participaron, supuestamente, unos 200 «obreros» del gremio de la Uocra. Después de los hechos, Sobisch reconoció haber dado la orden de no intervenir a la policía quienes se mantuvieron apostados pasivamente cerca de los acontecimientos.
Prescripción
6 años después, Sobisch presentó certificados médicos argumentando una cardiopatía que lo obligó a internarse en una clínica privada de Entre Ríos. Esto demoró el inicio del debate, que finalmente nunca se concretó, provocando la prescripción de la causa.
En tanto, el Juez Correccional, Alejandro Cabral, dijo a LU5, esta mañana que «las causas que tramitan ante los tribunales tienen una duración que está limitada en el tiempo. Y esa limitación en el tiempo tiene que ver con la pena máxima prevista para el delito. Eso es lo fundamental. Si en determinado tiempo las causas no son resueltas, se prescriben».
De todas formas, aclaró que existe el mecanismo de la apelación de la contraparte. «Pueden ir al Tribunal Superior de Justicia y a casación a efectos de ver si está bien o mal la resolución que se ha dictado. Y después, eventualmente, hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación», explicó Cabral.